Digital Omnibus y AI Act: qué se aplazó de verdad y qué sigue igual
Respuesta corta: el Digital Omnibus aplaza las obligaciones de alto riesgo del Anexo III del 2 de agosto de 2026 al 2 de diciembre de 2027, y las del Anexo I al 2 de agosto de 2028. No aplaza las prohibiciones, ni la alfabetización en IA, ni las obligaciones de los modelos de propósito general, ni la transparencia del artículo 50.
El titular que circula —«la UE retrasa el AI Act»— es verdad a medias, y la mitad que falta es justo la que afecta a la mayoría de empresas.
Estado del proceso
El Parlamento Europeo respaldó el texto acordado el 16 de junio de 2026. El Consejo dio su visto bueno final el 29 de junio de 2026. El proceso legislativo está, a efectos prácticos, cerrado.
Falta la publicación en el Diario Oficial de la UE, prevista antes del 2 de agosto de 2026. El texto reformado entra en vigor tres días después de esa publicación.
Hasta que se publique, la ley vinculante es el Reglamento (UE) 2024/1689 en su redacción original. Planificar sobre fechas no publicadas es un riesgo evitable.
Qué se mueve
| Obligación | Fecha original | Fecha tras el Omnibus |
|---|---|---|
| Alto riesgo Anexo III (empleo, educación, scoring, biometría…) | 2 ago 2026 | 2 dic 2027 |
| Alto riesgo Anexo I (productos regulados: sanitarios, maquinaria…) | 2 ago 2027 | 2 ago 2028 |
Qué no se mueve
- Prácticas prohibidas del artículo 5. Vigentes desde febrero de 2025.
- Alfabetización en IA del artículo 4. Vigente, reformulada como obligación de medios.
- Obligaciones de los modelos de propósito general. Vigentes desde agosto de 2025.
- Régimen sancionador. Vigente desde agosto de 2025.
- Transparencia del artículo 50. 2 de agosto de 2026, sin cambios.
Lo que el Omnibus añade
Introduce una prohibición nueva: los sistemas diseñados para generar contenido sexual o íntimo de personas identificables sin su consentimiento, incluidas las aplicaciones de nudificación, y los que generen material de abuso sexual infantil.
Por qué el aplazamiento no es una exención
Las obligaciones de alto riesgo siguen siendo exigibles: lo que cambia es la fecha límite. Y hay una aritmética que conviene hacer.
Preparar un expediente de alto riesgo —gestión de riesgos, gobernanza de datos, documentación técnica, supervisión humana, robustez— lleva entre nueve y quince meses en una organización mediana. Diciembre de 2027 menos quince meses cae en septiembre de 2026.
Es decir: para las empresas afectadas, el margen real de decisión es de semanas, no de años.
Preguntas frecuentes
¿Ya está aprobado el Digital Omnibus?
Está aprobado por Parlamento y Consejo, pendiente de publicación en el DOUE. Entra en vigor tres días después de esa publicación.
¿Mi empresa puede dejar de prepararse hasta 2027?
Solo si todos tus sistemas son de alto riesgo, cosa poco frecuente. Las obligaciones de transparencia, alfabetización y prohibiciones siguen su calendario original.
¿Qué pasa si el texto no se publica antes del 2 de agosto de 2026?
En ese escenario el AI Act aplicaría con las fechas originales, incluido el alto riesgo del Anexo III el 2 de agosto de 2026. Es un escenario improbable, pero es la razón por la que conviene no planificar como si el aplazamiento fuera un derecho adquirido.
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Aviso. Este contenido es divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico. El Reglamento (UE) 2024/1689 está en fase de aplicación escalonada y su calendario ha sido modificado por el Digital Omnibus, pendiente de publicación en el DOUE a fecha de redacción. Para decisiones con efecto jurídico, consulta con un profesional del derecho.
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